José Antonio Fernández García
Juan Ramón González Espinosa
Manuel Muñoz Fernández
Gumersindo Valverde Fernández
Alfonso José García Sánchez
Fernando Carreño Arias
Josefa Fernández Fernández
Francisco Puerta Aguilera
Juan Pedro García Martínez
Domingo Valverde Valera
Francisco Carreño Sandoval
Nicolás Bastida Sánchez
Francisca Sánchez Lorenzo
Maravillas Pérez Fernández
La DOP Bullas garantiza que los vinos cumplen unos requisitos de calidad superiores, al estar sujetos a su certificación y control por determinados organismos, otorga una especial protección al nombre de la DOP "Bullas" para garantizar su uso correcto y evitar prácticas que puedan inducir a error a los consumidores.
Autoridad y organismo de control competentes:
Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente. Región de Murcia
Colabora en los controles el Órgano de Control: CERTIFOOD, S.L.
Ámbito de los controles:
El Organismo de Control comprueba que las bodegas que elaboran, almacenan y envasan vino de la DOP “Bullas” cumplen todos los requisitos establecidos en el pliego de condiciones.
El Organismo de Control realiza los controles necesarios para comprobar en viña los cumplimientos del pliego.
Las bodegas tienen establecido un sistema de autocontrol y realizan controles de sus producciones. Las bodegas pueden realizar estos análisis con medios propios o externos.
En función de los resultados analíticos, y cumplidos los requerimientos de variedad y origen, la bodega puede considerar como apta una partida concreta para ostentar la mención vino de la DOP “Bullas”.
Durante las auditorías a las bodegas, el Organismo de Control comprueba los registros del autocontrol de la bodega para verificar que los vinos cumplen los requisitos establecidos en este pliego de condiciones.
El Organismo de Control realiza también las siguientes actuaciones:
En esta sección encontrará el Reglamento de la Denominación de Origen «Bullas» y de sus órganos de gestión y control, aprobado por la Orden de 24 de mayo de 2006 de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia, y modificaciones posteriores.
ORDEN 24 MAYO 2006. POR LA QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DO BULLAS Y SUS ÓRGANOS DE GESTIÓN Y CONTROL
ORDEN 29 ABRIL 2008 POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 24 MAYO 2006
ORDEN 14 ABRIL 20112 POR LA QUE SE MODIFICA ORDEN 24 MAYO 2006
ORDEN DE 24 SEPTIEMBRE 2012 POR LA QUE SE MODIFICA ORDEN 24 DE MAYO 2006
En este apartado puede descargar la solicitud de inscripción en el Registro de Viñas o la solicitud de inscripción en el Registro de Bodegas de la Denominación de Origen Bullas, que deberá ser cumplimentada por el interesado.